La Audiencia de Alicante dice que no es delito aliviar el 'mono' de un familiar toxicómano

Según la sentencia no han delito contra la salud pública cuando un familiar facilita droga a un toxicómano para aliviar su síndrome de abstinencia

La Audiencia de Alicante ha vuelto a dictar una sentencia en la que establece que no incurre en un delito contra la salud pública quien facilita droga a un familiar toxicómano para aliviar su síndrome de abstinencia

13/01/2010

La situación que juzgó su Sección Tercera el pasado 3 de diciembre es idéntica a las que ya han analizado otros magistrados que han fallado en los mismos términos.

Una mujer descubierta por funcionarios de prisiones con una pequeña cantidad de estupefaciente que pretendía hacer llegar a su pareja en un 'vis a vis'.

En contra del criterio de la Fiscalía, que solicitaba para esta acusada tres años y medio de prisión, la sala sostiene que no hubo en la conducta de la mujer intención de expandir "el consumo ilícito de la sustancia tóxica".

Esa acción se enmarca, según señalan los magistrados en la sentencia, en un "círculo cerrado" en el que no se afecta al bien protegido: la salud pública.

Recuerda el tribunal la escasa cuantía de la droga incautada en el cacheo y el ánimo de la procesada de "aliviar" el malestar de su compañero sentimental derivado del "mono" o síndrome de abstinencia.