30 marzo 2010
El pasado 26 de marzo, la Asociación Patronal celebró su III Asamblea Ordinaria

La Asociacisociación Patronal se constituyó en el año 2007 integrándose poco a poco entidades del tercer sector con criterios de solidaridad, con
fines de interés general y ausencia de ánimo de lucro, que impulsan el
reconocimiento y el ejercicio de los derechos sociales.

Hay que recordar que el
Sector de las ONG’s y ONGD’s se vió convulsionado cuando en el pasado
2007 se firmaron el I Convenio Marco Estatal de Intervención Social y
del I Convenio de Intervención Social de Madrid. Pese a que dichos
Convenios afectaban plenamente a nuestras organizaciones, fueron
negociados y firmados por entidades patronales desconocidas en cuyo
seno no existía representación alguna de nuestras entidades.


Después de un largo recorrido de trabajo para dotar al sector de un marco de regulación participacitiva, se han sucedido muchos acontecimientos: impugnación del convenio colectivo marco estatal, diversos intentos de negociación con otras patronales, intentos de mediación en el SIMA, y otros.

El último acontecimento imporntante es que el el Tribunal Supremo, en el mes de marzo de 2010, ha dictado sentencia declarando nulo el Convenio de Intervención Social, es decir, ha desestimado el recurso presentado por la patronal AESAP, con la cual ya es firme y definitiva la nulidad del convenio.

Paralelamente se está trabajando, para cerrar un acuerdo político que constituya la mesa de negociación del II Convenio, para el que ya se ha consensuado un ámbito funcional: «Por intervención social se entiende el conjunto de actividades o acciones desarrolladas de manera formal y organizada por entidades privadas, que respondan a necesidades sociales, cuyo propósito puede ser tanto detectar, prevenir, paliar o corregir situaciones de riesgo y exclusión social, como promover procesos de inclusión, inserción, dinamización y particpación social» . Es decir no se incluye ningún ámbito de los que ya está regulado (enseñanaza, ambito sanitario, dependencia…).

Por otro lado, y respecto al ámbito territorial, la negociación colectiva en el ámbito estatal deber ser únicamente la de establecer un marco. A nivel territorial se deben completar los aspectos que sean necesarios y de acuerdo con las realidades de los diferentes territorios.