Reunión de UNAD y la Federación Fonga de Argentina para reactivar el acuerdo de colaboración
22 octubre 2010
Reunión de UNAD y la Federación Fonga de Argentina para reactivar el acuerdo de colaboración

El presidente de FONGA, Rubén González, se entrevistó en Madrid con el presidente de UNAD, Luciano Poyato, y con parte del Equipo Técnico, con el fin de analizar las posibilidades de colaboración. UNAD y FONGA, una Asociación Civil sin Fines de Lucro de Argentina que agrupa a 65 ONG, firmaron en el año 2008 un acuerdo que pretenden potenciar la colaboración técnica, científica, tecnológica, cultural y económica en el campo de la Prevención y Asistencia de las Adicciones


El presidente de UNAD, Luciano Poyato, el presidente de FONGA, José Rubén González, y algunos componentes del Equipo Técnico de UNAD analizaron en la reunión la situación del consumo de drogas en España y Argentina, los efectos de la crisis en las ONG, y las dificultades del ámbito de las drogas en la cooperación para el desarrollo.

El presidente de UNAD, Luciano Poyato, y el presidente de FONGA, José Rubén González, firmaron en el año 2008, en el marco de X Seminario Iberoamericano sobre Drogas y Cooperación, un acuerdo de colaboración para desarrollar actuaciones conjuntas de cooperación al desarrollo.

El documento firmado en presencia de los cien asistentes al seminario, recoge los objetivos siguientes:

  1. Realizar proyectos conjuntos que apunten a la capacitación de recursos humanos en el campo de la prevención y asistencia de las adicciones
  2. Realizar proyectos de intercambio y capacitación en el campo del desarrollo de Programas de Calidad
  3. Promover el desarrollo de investigaciones en todos los temas relacionados con las drogodependencias
  4. Promover el desarrollo de proyectos conjuntos de Cooperación Internacional
  5. Facilitar el intercambio de publicaciones y de información sobre la actividad de ambas instituciones
  6. Facilitar el intercambio y los proyectos entre las entidades miembros de las dos organizaciones

La duración de este Convenio se considera indefinida, por lo que estará vigente mientras cualquiera las partes suscribientes no proceda a su denuncia formal, que habrá de ser notificada fehacientemente a las otras con una antelación mínima de tres meses a la fecha prevista de rescisión del mismo